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martes, 27 de abril de 2010

FONDO NACIONAL DEL AHORRO

CRÉDITO EDUCATIVO
En el Fondo Nacional de Ahorro sabemos que sus sueños no tienen límites. Que siempre van más allá. Que usted quiere prepararse hoy, para tener un mejor mañana.

El crédito para educación es un servicio de financiación hasta del 100% del valor de la matricula para cada periodo académico, en programas de educación superior (pregrado, postgrado, especialización, maestría, doctorado y postdoctorado), en Colombia y en el exterior.

Los usuarios del crédito para educación son: El afiliado, el cónyuge o compañero (a) permanente y/o los hijos.
MONTO

Para calcular el monto del crédito, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
Los montos máximos y mínimos de financiación autorizados por la Entidad.
Las condiciones financieras vigentes.
El valor del ingreso que el (la) afiliado(a) pueda comprometer en el pago del crédito, teniendo en cuenta el valor de sus obligaciones mensuales.
En los programas de pregrado el cupo de crédito no podrá ser superior a 250 SMLMV, y en los programas de posgrado (especialización, maestría, doctorado y posdoctorado) el cupo de crédito no podrá ser superior a 200 SMLMV.

DESEMBOLSOS
Sucesivos, uno para cada periodo académico.

PLAZOS
Los créditos para educación se concederán bajo las siguientes modalidades:
Corto Plazo: Es aquella en la cual se debe cancelar la totalidad del crédito en un término equivalente al período financiado, contado a partir del mes siguiente del desembolso y con respaldo de cheques posfechados o pagaré.
Largo Plazo: Los préstamos para educación concedidos por el FNA en la modalidad de largo plazo, serán pagados por los(as) deudores de la siguiente forma:
Pregrado: e l 40% de cada desembolso se amortiza, junto con los intereses de la totalidad del saldo actualizado, en cuotas mensuales sucesivas durante el periodo académico respectivo, siendo pagadera la primera cuota al mes siguiente del desembolso. El 60% restante del saldo de capital con sus respectivos intereses, se amortiza en un período equivalente a una y media vez la duración acumulada de los períodos académicos financiados. Dicho plazo se contará a partir del mes siguiente de la terminación del último período académico financiado, bien sea por la terminación del programa académico,la suspensión definitiva o cuando cesen las circunstancias que lo originaron.

Posgrado: el 40% de cada desembolso se amortiza, junto con los intereses de la totalidad del saldo actualizado, en cuotas mensuales sucesivas durante el período académico respectivo, siendo pagadera la primera cuota al mes siguiente del desembolso. El 60% restante del saldo de capital con sus respectivos intereses, se amortiza en un período equivalente a dos veces la duración acumulada de los períodos académicos financiados. Este plazo se contará a partir del mes siguiente de la terminación del último período académico financiado, bien sea por la terminación del programa académico,la suspensión definitiva o cuando cesen las circunstancias que lo originaron.
En caso que el cálculo del plazo no diere en meses completos se aproximará al mes siguiente.

TASA DE INTERÉS EA.

Corto Plazo: La tasa de interés remuneratoria del crédito en esta modalidad será de 12.95% EA.
Largo Plazo: La tasa de interés remuneratoria del crédito en esta modalidad será de 13.95% EA.

ALTERNATIVAS DE GARANTÍA
Garantía Real Hipoteca: Si el afiliado tiene una hipoteca abierta con el Fondo y se encuentra vigente, esta será aceptada como garantía del Crédito para Educación.Pignoración de Cesantías:Esta garantía aplica para afiliados cuyas cesantías no estén comprometidas. Sólo es válida para empleados del sector público. Codeudor Solidario:En caso de que el afiliado no tenga ninguna de las anteriores garantías deberá presentar un codeudor.

FORMAS DE PAGO

Corto Plazo: Cheque Posfechado o Pagaré
Largo Plazo: El 40% durante la duración del programa y el 60% restante bien sea por la terminación del programa académico, la suspensión definitiva o cuando cesen las circunstancias que lo originaron..

ACCEDER AL CRÉDITO
Es nuestro compromiso apoyarlo en su decisión de estudiar para mejorar su nivel de vida. Las características de Crédito para Educación lo hacen no sólo atractivo sino de fácil consecución, estos son los requisitos:
a) Ser afiliado(a) al FNA.
b) Tener en la cuenta individual de cesantías el registro de por lo menos una (1) consignación por concepto de reportes o traslado de cesantías.
c) Contar con un puntaje mínimo de 300 puntos, calculado mediante el sistema de calificación que determine la Junta Directiva.
d) Que las cesantías no estén pignoradas o embargadas, excepto en el caso que la pignoración de las cesantías sea a favor del FNA.
e) Autorización expresa y escrita del afiliado al FNA para consultar y reportar su comportamiento crediticio a las centrales de información.
f) Presentar el formulario de solicitud de crédito para educación, diligenciado y adjuntar los documentos exigidos. . En caso de solicitudes conjuntas, cada afiliado(a) debe diligenciar completamente el formulario correspondiente y adjuntar los documentos exigidos en el presente reglamento para acreditar la capacidad de pago.
g) Los programas de pregrado y posgrado a financiar que se adelanten en la sede principal de la universidad o fuera, deberán acreditar que el programa se encuentra debidamente registrado en el Sistema Nacional de Información de la Educación superior (SNIES).
h) Ajustarse a las políticas de aprobación de solicitudes de crédito para educación otorgados por el FNA.
i) Que la información suministrada durante el proceso de aprobación y perfeccionamiento del crédito sea veraz y fidedigna.
j) Los requisitos y condiciones acreditados al momento de presentar y ser aprobada la solicitud de crédito deben permanecer durante cada uno de los desembolsos. El FNA, podrá abstenerse de autorizar el giro del crédito si las condiciones financieras del afiliado(a) varían, desmejorando su situación económica o crediticia.
k) Los afiliados deben comunicar al FNA cualquier variación de la información suministrada en la solicitud de crédito para educación.
l) Los requisitos y condiciones acreditados al momento de presentar y ser aprobada la solicitud de crédito deben permanecer durante cada uno de los desembolsos. El FNA, podrá abstenerse de autorizar el giro del crédito si las condiciones financieras del afiliado(a) varían, desmejorando su situación económica o crediticia.
m) Los afiliados deben comunicar al FNA cualquier variación de la información suministrada en la solicitud de crédito para educación.

BENEFICIOS:
En el FONDO Nacional de Ahorro le decimos SI a TODOS los que quieren cumplir sus sueños, con nuestro nuevo producto de Ahorro Voluntario, vinculando a:
- Profesionales y trabajadores independientes.
- Docentes Privados y públicos.
- Miembros de las Fuerzas Militares, Policía Nacional y personal civil del Ministerio de Defensa.
- Trabajadores con Salario Integral.
Al acceder a una cuenta de Ahorro Voluntario usted podrá contar con:
· La posibilidad de acceder a los créditos para vivienda .
· Ahorrar para la negociación del crédito, después de cumplir la meta de ahorro.
· Certificación para solicitar el subsidio de Vivienda.
· No se cobran cuotas de administración de las cuentas de Ahorro Voluntario.
· Cuentas de ahorro con beneficios tributarios igual que las cuentas AFC.
· Certificación para lograr los beneficios tributarios.

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